lunes, 4 de mayo de 2026

RESUMEN A - RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 1536-2014-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA

 RESUMEN A - RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 1536-2014-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA

Emisor: AAA Cañete-Fortaleza, Huaral, firmada por el Ing. Alberto Domingo Osorio Valencia, Director. Fecha: 22 de diciembre de 2014. Administrada: Lundin Mining Perú S.A.C., RUC N.° 20555996617. Expediente: CUT N.° 67474-2014.

Objeto: Modificación de la autorización de uso de agua superficial para exploración minera del Proyecto Élida 2, corrigiendo el plazo de 9 meses erroneamente consignado en la RD N.° 1149-2014 a 24 meses conforme a lo solicitado originalmente. Fuentes: Río Pativilca y Río Gorgor, cuenca Medio Pativilca, vertiente del Pacífico, provincia de Ocros, Áncash. Volumen total: 35,930.60 m3 en dos años, con 60 sondajes. Altitudes de captación: 1,250 m.s.n.m. y 1,200 m.s.n.m.

Observación crítica: Lundin Mining es una empresa minera canadiense de gran escala internacional. Su presencia en la cuenca Pativilca con autorización de 60 sondajes exploratorios amplía el mapa de actores mineros con derechos hídricos en cuencas de la vertiente del Pacífico. El río Pativilca es un afluente importante de la costa de Áncash con población dependiente en su valle. La corrección del plazo de 9 a 24 meses a solicitud de la empresa, sin cuestionamiento de fondo, sigue el patrón de condescendencia institucional ya documentado.

RESUMEN B - RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 1538-2014-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA

Emisor: AAA Cañete-Fortaleza, Huaral, firmada por el Ing. Alberto Domingo Osorio Valencia, Director. Fecha: 22 de diciembre de 2014. Administrada: Repsol Gas del Perú S.A. Expediente: CUT N.° 63528-2013.

Objeto: Declaración de abandono del procedimiento iniciado por Repsol Gas del Perú S.A. sobre autorización de reúso de aguas residuales domésticas tratadas, por no haber subsanado las observaciones planteadas en el plazo otorgado. Se dispone el archivo del expediente.

Observación crítica estratégica: Este documento es el único en todo el conjunto que muestra a ANA denegando o archivando un procedimiento de aprovechamiento hídrico por incumplimiento procedimental del solicitante. Su valor está en el contraste. La empresa que no pudo obtener autorización de reúso de aguas residuales tratadas, que es el aprovechamiento hídrico de menor impacto ambiental posible, fue Repsol, empresa de hidrocarburos. Las empresas mineras que obtuvieron autorizaciones de captación directa sobre lagunas de cabecera y ríos con déficit hídrico documentado fueron Volcan, Newmont, Lundin, Miski Mayo y otras. Esa diferencia de tratamiento institucional, si bien puede deberse a razones procedimentales específicas, ilustra que ANA sí tiene capacidad de archivar y denegar, y que cuando lo hace con empresas que incumplen trámites menores, no lo hace cuando empresas mineras intervienen acuíferos con impactos mayores.

Firma ambas resoluciones: Ing. Alberto Domingo Osorio Valencia, Director, AAA Cañete-Fortaleza, Huaral, 22/12/2014.

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