Agua Mineromedicinal: Criterios de Certificación, Límites de Contaminación y la Paradoja entre lo Medicinal y lo Tóxico
1. Definición y requisitos para ser declarada agua mineromedicinal
Las aguas mineromedicinales son aquellas que, por su composición química, física y físico-química, poseen propiedades terapéuticas, y su utilidad terapéutica queda avalada por el Estado mediante su declaración de Utilidad Pública. Hidromed
Esta declaración no es automática ni informal. Para obtener la certificación, el agua debe someterse a estudios hidrogeológicos y fisicoquímicos que demuestren estabilidad en su composición y propiedades terapéuticas, siendo los organismos autonómicos competentes en materia de aguas y sanidad quienes otorgan dicha certificación. Minariasostible
Los criterios técnicos mínimos que debe satisfacer son los siguientes (Sociedad Española de Hidrología Médica, citada en Tavares, 2010):
La composición no debe descender de ciertos mínimos y siempre debe mantener una constancia; dicha constancia está directamente vinculada a su acción terapéutica. Además, debe estar totalmente exenta de sustancias que impliquen riesgo para la salud. Debe contener más de un gramo por litro de sustancias minerales disueltas, y para su clasificación es preciso que la relación de un determinado componente represente al menos 20 miliequivalentes por cien. Madrimas
Este requisito de constancia composicional es lo que técnicamente distingue el agua mineromedicinal del agua mineral ordinaria: no basta con tener minerales, hay que tenerlos de forma estable, reproducible y sin riesgo sanitario.
2. Clasificación por tipo de predominancia iónica
La clasificación más utilizada es la química, por el contenido aniónico/catiónico predominante, en la que un anión o catión debe representar más del 20% de la mineralización global para clasificar el agua como tal. Hidromed
Los principales grupos reconocidos son (Hidromed, s.f.; ISED, 2021):
Las aguas sulfuradas contienen más de 1 mg/L de azufre y se emplean en procesos reumáticos, dermatológicos y respiratorios. Las bicarbonatadas se caracterizan por baja mineralización y se usan especialmente para trastornos digestivos. Las carbogaseosas presentan más de 250 mg/L de carbónico libre y tienen efecto vasodilatador. Las cloruradas tienen una mineralización total superior a 1 g/L y se indican en reumatología y afecciones crónicas. Las ferruginosas contienen hierro bivalente por encima de 1 mg/L. Las oligominerales o de mineralización débil (menos de 1 g/L) estimulan la función renal.
Las aguas radiactivas contienen radón en concentraciones que, en el contexto termal, presentan entre mil y cinco mil veces menos que los niveles nocivos, y han demostrado beneficios sobre el sistema neurovegetativo, endocrino e inmune. Balneariosdecantabria Esto es relevante porque ilustra el principio general de la materia: la concentración es la que determina el efecto, ya sea terapéutico o tóxico.
3. El límite que separa lo medicinal de lo contaminado: los valores guía de la OMS
La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece los valores guía de referencia global para la calidad del agua de consumo humano en sus Guidelines for Drinking-water Quality, cuya cuarta edición, con los primeros y segundos addenda, fue publicada en 2022.
Las directrices describen los requisitos mínimos razonables de práctica segura para proteger la salud de los consumidores y derivan valores numéricos de "valor guía" para los constituyentes del agua. Al definir los límites obligatorios, es preferible considerar las directrices en el contexto de las condiciones ambientales, sociales, económicas y culturales locales o nacionales. NCBI
Los valores guía de los principales contaminantes relevantes para el agua mineromedicinal son los siguientes, según la OMS (WHO, 2022, tabla de valores guía):
Arsénico: 0,01 mg/L (10 μg/L, valor provisional por limitaciones técnicas de análisis y tratamiento). Fluoruro: 1,5 mg/L (con nota de que el volumen consumido y la ingesta de otras fuentes deben considerarse al fijar estándares nacionales). Plomo: 0,01 mg/L (10 μg/L, valor provisional). Mercurio inorgánico: 0,006 mg/L. Níquel: 0,07 mg/L. Nitrato (como NO₃): valor que la tabla incluye como contaminante inorgánico regulado. Esdat
El cadmio recibe tratamiento especial: el riñón es el principal órgano diana para la toxicidad por cadmio, y dado su excepcionalmente largo tiempo de vida biológica en humanos —de 10 a 35 años—, la ingesta tolerable provisional mensual (PTMI) fue fijada en 25 μg/kg de peso corporal. NCBI
Para el arsénico en particular, la literatura científica más reciente señala una tensión importante: el valor guía provisional de 10 μg/L fue establecido en 1993 basado en "factibilidad analítica", no en una evaluación de riesgo para la salud; una evaluación basada en riesgo conduciría a un valor más bajo y más protector. PLOS Esto implica que el límite actual ya es un compromiso práctico, no el umbral de seguridad real.
4. La paradoja central: el mismo mineral que cura, puede envenenar
Aquí reside el núcleo de tu pregunta. La diferencia entre medicinal y contaminado no está en el nombre del mineral, sino en la concentración, la exposición acumulada y la vía de administración.
Los elementos metálicos, cuando están presentes en concentraciones muy bajas, son fundamentales para las reacciones bioquímicas y fisiológicas en los organismos vivos; sin embargo, si se excede un cierto umbral de concentración, provocan un efecto nocivo o tóxico, debido a que los metales se unen a sitios activos de enzimas y proteínas, bloqueando su función. Dialnet
Esta dualidad explica por qué la misma agua que tiene certificación de "medicinal" puede ser simultáneamente fuente de riesgo si la concentración de alguno de sus componentes supera los umbrales. Y esto se ve agravado por los microcontaminantes orgánicos: los microcontaminantes orgánicos, incluidos los pesticidas, presentan la característica de que su toxicidad no puede atribuirse únicamente al agua que bebemos, ya que muchos de estos compuestos pasan al suelo, acumulándose en los acuíferos o en las aguas superficiales, y se sabe que muchos son tóxicos y posiblemente carcinogénicos incluso a niveles muy bajos. Dialnet
Por tanto, el requisito de que el agua mineromedicinal esté "totalmente exenta de sustancias que impliquen riesgo para la salud" no es un criterio estático: depende del estado de los acuíferos, de la actividad humana circundante y de un monitoreo continuo.
5. Consecuencias de la exposición crónica: cuando los límites se superan
Se estima que alrededor de 140 millones de personas en al menos 70 países han estado bebiendo agua con arsénico por encima del valor guía provisional de 10 μg/L. La exposición crónica a largo plazo se ha asociado con lesiones dérmicas, cánceres de piel, vejiga y pulmón, enfermedad cardiovascular, diabetes y efectos neurotóxicos en la infancia. WHO
Para el fluoruro, la dosis hace la diferencia de forma muy visible: a aproximadamente 0,5 mg/L protege contra la caries dental, a 1,5 mg/L se sitúa en el límite guía, y por encima de ese nivel aparece la fluorosis dental; a niveles mucho más altos, la fluorosis esquelética (Pabón et al., 2020).
Para los nitratos, el riesgo agudo se expresa principalmente en lactantes, donde la conversión de nitrato a nitrito interfiere con la capacidad transportadora de oxígeno de la sangre, originando la llamada síndrome del bebé azul o metahemoglobinemia. US EPA
6. El control de calidad en el agua mineromedicinal y sus brechas reales
Dado que la calidad microbiológica, las características físicas y la composición química están sujetas a factores externos que pueden generar cambios importantes de forma brusca o lenta, resulta necesario establecer un sistema de controles con una periodicidad mínima adecuada; dicho análisis comprende entre 70 y 80 determinaciones, y la periodicidad mínima considerada necesaria es quinquenal. Madrimas
El problema es que cinco años es un intervalo largo para detectar contaminaciones antrópicas recientes. Dependiendo del origen y procesamiento, las aguas mineromedicinales pueden estar expuestas a contaminantes como metales pesados o microorganismos patógenos, siendo fundamental asegurarse de que el agua sea segura para el consumo antes de ingerirla. Caldaria
Síntesis interpretativa
La denominación "mineromedicinal" garantiza propiedades terapéuticas reconocidas oficialmente y estabilidad composicional, pero no es una garantía permanente e inmutable de ausencia de riesgo. El límite entre lo medicinal y lo contaminado es una frontera de concentración, no de identidad química: el azufre, el radón, el flúor, el hierro son a la vez ingredientes activos terapéuticos y potenciales tóxicos dependiendo de la dosis. La OMS fija valores guía que, en varios casos, son reconocidamente provisionales porque los umbrales analíticamente alcanzables no coinciden con los umbrales de seguridad real para la salud humana. El monitoreo continuo, la verificación independiente y el conocimiento de los acuíferos circundantes son los únicos instrumentos para cerrar esa brecha.
Referencias
Hidromed. (s.f.). Aguas minero-medicinales: conceptos básicos. Sociedad Española de Hidrología Médica. https://www.hidromed.org/hm/index.php/conceptos-basicos/aguas-minero-medicinales
ISED. (2021). Tipos de aguas mineromedicinales. https://www.ised.es/articulo/salud-y-bienestar/tipos-de-aguas-mineromedicinales/
Minería Sostible de Galicia. (2025). ¿Cuántos tipos de aguas mineromedicinales existen y cuáles son sus beneficios? https://minariasostible.gal
Pabón, S. E., Benítez, R., Sarria-Villa, R. A., & Gallo, J. A. (2020). Contaminación del agua por metales pesados, métodos de análisis y tecnologías de remoción: una revisión. Entre Ciencia e Ingeniería, 14(27), 9–18. https://doi.org/10.31908/19098367
Romero, A. J., et al. (2024). A review of the most concerning chemical contaminants in drinking water for human health. Sustainability, 16(16), 7107. https://doi.org/10.3390/su16167107
Tavares, R. (2010, julio 12). Preservar la calidad del agua minero-medicinal. MadrI+D. https://www.madrimasd.org/blogs/remtavares/2010/07/12/131477
Flanagan, S. V., Johnston, R. B., & Zheng, Y. (2012). Arsenic in drinking water: An analysis of global drinking water regulations. PLOS ONE, 17(4), e0263505. https://doi.org/10.1371/journal.pone.0263505
World Health Organization. (2022). Guidelines for drinking-water quality: Fourth edition incorporating the first and second addenda. WHO. https://www.who.int/publications/i/item/9789240045064