viernes, 22 de mayo de 2026

MORTANDAD MASIVA DE PECES EN RÍOS DEL PERÚ (2015–2026)

 

MORTANDAD MASIVA DE PECES EN RÍOS DEL PERÚ (2015–2026)

Investigación documental para solicitudes de acceso a información pública

Elaborado con fines de investigación civil — Protocolo APA 7.ª edición


I. MARCO CONTEXTUAL: DIMENSIÓN NACIONAL DEL PROBLEMA

El Perú enfrenta una crisis hídrica estructural derivada de la contaminación minera, petrolera e industrial de sus cuencas. Según un informe del Relator Especial de las Naciones Unidas para los derechos humanos al agua potable, más de 10 millones de personas —el 31,15% de la población peruana— están expuestas a diario a riesgos de contaminación por metales pesados, metaloides y otros tóxicos, con origen en explotaciones mineras legales e ilegales activas, así como en frecuentes vertidos petroleros. El documento advierte que se trata de "un proceso de envenenamiento masivo que conduce a violaciones flagrantes y a gran escala de los derechos humanos de al menos un tercio de la población peruana." Ojo Público

Esta situación tiene consecuencias directas y documentadas sobre la fauna acuática. Entre los principales ríos con presencia confirmada de metales pesados —cobre, plomo, zinc, aluminio, hierro, manganeso, arsénico, níquel y cadmio— figuran cuencas de Apurímac (Chumbao, Chincheros y Santos Tomás), Pasco (San Juan y Tingo), Lima (Lurín, Mala, Rímac, Chillón y Cañete), Áncash (Santa), Piura (Chira), La Libertad (Moche y Virú), Loreto (Nanay, Corrientes, Trompeteros e Itaya), Huánuco y San Martín (Huallaga), Ica (Pisco y Grande), Cusco (Cañipia y Salado en Espinar), Puno (Huancané, Coata, Crucero Azángaro y Ayaviri-Pucará), Madre de Dios (Tahuamanu, Madre de Dios y Acre), y Arequipa (Tambo y Chili-Vítor); asimismo el lago Titicaca y el lago Chinchaycocha presentan contaminación activa. Muqui


II. CASOS DOCUMENTADOS POR REGIÓN (CRONOLOGÍA 2015–2026)

2.1 MOQUEGUA — Ríos Coralaque y Tambo / Minera Aruntani SAC (Proyecto Florencia Tucari)

Período: 2015 – presente (caso activo)

Desde el año 2016, los ríos Coralaque y Tambo muestran cambios de coloración (verde amarillento, amarillo y naranja intenso). Los estudios realizados evidencian concentraciones de metales pesados —arsénico, boro, aluminio y hierro— que superan los límites máximos permisibles, atribuidos a los desechos mineros de la concesión Minera Florencia Tucari. La contaminación afecta terrenos agrícolas, ganado vacuno, fauna y flora, y ha ocasionado diarreas, muertes y abortos en los centros poblados de Pachas, distrito de Chojata, y en el anexo de Huarina del distrito de Matalaque, así como en los distritos de Quinistaquillas, Omate y Coalaque de la provincia de General Sánchez Cerro. Regionmoquegua

Informes del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) de los años 2016 y 2017 revelaron que la contaminación de las cuencas del río Coralaque y del río Tambo es generada por el proyecto Florencia Tucari, con altos niveles de arsénico, cobre, hierro y zinc que acidificaron las aguas. Pobladores de la comunidad campesina de Santiago de Pachas informaron que estas aguas causaron la muerte de truchas, ranas y sapos. Convoca

Los informes de OEFA, ALA y del sector Salud concluyen que las actividades de la mina Tucari de Aruntani SAC alteraron la calidad del agua de las quebradas Margaritani y Apostolani mediante 17 afloramientos de lixiviados y dos efluentes del depósito de desmonte norte. Como resultado, en los ríos Coralaque y Tambo murieron truchas, camarones y otras especies hidrobiológicas, quedando sus aguas no aptas para consumo humano, ganadero ni agrícola. CooperAcción -

En los pueblos de Aruntaya y Titire, pobladores reportaron la muerte de truchas y la afectación del ganado —alpacas y vicuñas— que enfermaban al consumir el agua de pastizales y riachuelos. En el pueblo de Pachas, los andenes fueron abandonados porque los sembríos germinaban pero morían o producían cosechas mínimas, derivando en la migración del 80% de sus habitantes según cifras del INEI. Convoca

Fuente institucional clave: Defensoría del Pueblo, Informe Defensorial N.° 235 (2025); Informes OEFA 2016 y 2017; COER Moquegua, Reporte N.° 3.


2.2 ÁNCASH — Ríos Santa y Tablachaca / Minería ilegal (Bocamina 1464)

Período: 2024 – presente

Un informe confirmó la contaminación de los ríos Santa y Tablachaca, cuencas fundamentales para la agricultura en Áncash y La Libertad. El río Santa alimenta el Proyecto Especial Chavimochic (PECh), que provee agua al 55% de la población de Trujillo. Como medida preventiva, varios proyectos agrícolas cerraron sus tomas de agua anticipando daños a cultivos y salud pública. El ministro del Ambiente, Juan Carlos Castro, señaló específicamente a la minería ilegal como la principal responsable, precisando que el flujo de aguas contaminadas proviene de la Bocamina 1464, ubicada en el distrito de Pampas, Áncash. Inforegion

La fiscalía investigó si la actividad minera involucrada es ilegal, y la contaminación derivó en un corte de agua indefinido para la población. Infobae

Conexión directa con La Libertad: Este caso afecta directamente el sistema Chavimochic, que abastece a Trujillo, ciudad en la que reside la investigadora.


2.3 LIMA (Huarochirí) — Río Santa Eulalia / Piscigranja Santa María

Mayo de 2025

En la comunidad de Quilcamachay, distrito de Huachupampa, provincia de Huarochirí, más de 200 mil truchas —tanto adultas como crías— fueron encontradas muertas en los 14 espacios de cultivo de la piscigranja Santa María. El encargado Marcello Gianino declaró: "Nosotros monitoreamos el nivel del agua todos los días. Todo estaba normal a las 4 de la mañana. A las 6, ya no había ninguna trucha viva. No solo las de nuestras pozas, también hemos hallado peces muertos en el propio cauce del río." La hipótesis más fuerte es que un contaminante químico fue arrojado al cauce desde una zona superior. Infobae

El encargado del criadero reportó pérdidas económicas de entre 100 mil y 150 mil soles, con una proyección de hasta 300 mil si los peces hubieran completado su ciclo de desarrollo. La emergencia fue reportada a la comisaría de Santa Eulalia; un equipo de SEDAPAL tomó muestras del agua para análisis. Servindi

La alcaldesa de Huachupampa, Honoria Huamán, solicitó que se inicie una investigación formal. Los productores exigen la intervención de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y del Ministerio del Ambiente. Actualidad Ambiental


2.4 JUNÍN — Río Yuracyacu (Pariahuanca) / Minera Oro Negro (REINFO)

Abril – Mayo de 2026 (caso en curso)

Este es el caso más reciente y de mayor magnitud documentada a nivel nacional:

La Policía Nacional confirmó la presencia de ácido cianhídrico —cianuro— en las aguas del río Yuracyacu, en el distrito de Pariahuanca, región Junín, tras la muerte masiva de truchas registrada en siete criaderos locales. La pericia químico-toxicológica realizada por la PNP detectó la sustancia también en las especies acuáticas de la cuenca afectada. Las investigaciones apuntan a la unidad minera Oro Negro, registrada en el REINFO, donde durante la toma de muestras se encontraron filtraciones de agua que llegan al río. La República

El alcance del daño abarca al menos siete piscigranjas en los sectores de San Balbín, Paltarumi, Cabracancha y Antarpa, con pérdidas en todas las etapas de desarrollo, desde alevinos hasta reproductores. El representante de la piscigranja Wajocha declaró una pérdida de 1,633,308 unidades, con daño económico de 2,180,000 soles. El Gobierno Regional de Junín desplegó brigadas para retirar truchas muertas e instalar barreras de control en el sector Agua Blanca. Infobae

Tres semanas después del colapso de las piscigranjas —con más de 2 millones de truchas muertas inicialmente reportadas—, nuevos hallazgos ampliaron la alarma: el ácido cianhídrico fue detectado en todas las muestras analizadas, tanto en truchas como en el agua de pozos de varias piscigranjas. El alcalde Wilson Quispe advirtió que el impacto amenaza 90 hectáreas de palta de exportación en el valle de Vista Alegre y exigió el cierre de la minera. Infobae

Nota: Estimaciones finales elevan la mortandad a más de 12 millones de truchas (aproximadamente 120 toneladas) según La República (2026, 13 de mayo).


2.5 PASCO — Laguna Punrún / Empresa Mar Andino SAC

Julio – Agosto de 2025

El OEFA desarrolló una segunda supervisión ambiental en la zona de influencia de la empresa acuícola Mar Andino SAC, tras la denuncia de pobladores por la mortandad de truchas ocurrida en julio de 2025 en la laguna Punrún, Pasco. Personal de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (DSAP) verificó el cumplimiento de obligaciones ambientales relacionadas con infraestructuras de cultivo, tratamiento y disposición de aguas residuales, manejo de residuos sólidos, planes de contingencia y monitoreos. El jefe de la Oficina Desconcentrada de Pasco del OEFA señaló que posteriormente se emitiría un informe para determinar las acciones correspondientes ante esta emergencia ambiental. Radio Nacional


2.6 LORETO — Derrames de hidrocarburos (Oleoducto Norperuano y lotes petroleros)

Período: 2013 – 2025 (sistémico)

Desde 1997 hasta 2023, el Estado peruano registró 1,462 emergencias por derrames de petróleo, de los cuales 831 se produjeron en la selva, 609 en la costa y 22 en la sierra. Las regiones de Loreto y Piura concentran el 87% de las emergencias (707 y 566, respectivamente). Actualidad Ambiental

El Oleoducto Norperuano ha registrado 91 derrames entre 2013 y 2023, según el OEFA. Petroperú acumula infracciones en 47 procesos de fiscalización, con multas por más de 28 mil UIT, de las cuales solo ha pagado 22 integralmente y 6 parcialmente. Los vertidos de hidrocarburos contaminaron el agua para consumo humano y perjudicaron la pesca, actividad esencial para la supervivencia de comunidades indígenas. Infobae

En febrero de 2025, dos derrames de petróleo en la Amazonía norte afectaron a 700 familias de las regiones Amazonas y Loreto, en comunidades awajún y kichwa. Los líderes indígenas reportaron: "Las familias han perdido sus cultivos de cacao y yuca y las quebradas están contaminadas, no pueden consumir el agua ni los peces." Mongabay

El 3 de octubre de 2024, un derrame en el kilómetro 11 del Ramal Norte del Oleoducto Norperuano tiñó las aguas del río Pastaza —afluente del Amazonas— con 40 barriles de petróleo, afectando a 11 comunidades de los pueblos achuar y kichwa del distrito de Andoas. Hasta mayo de 2024, el OEFA había identificado 188 sitios impactados en las cuencas de los ríos Corrientes, Pastaza, Tigre y Marañón en Loreto. Mongabay

Las consecuencias documentadas de estas emergencias incluyen la muerte de peces, aves y otros animales de la zona —algunos en riesgo de extinción—, la afectación al trabajo de pescadores artesanales, y en seres humanos: infecciones, olores nauseabundos, dolor ocular y náuseas. En todo 2023 se reportaron 28 emergencias ambientales en operaciones de Pluspetrol Norte. Infobae


2.7 SUR DEL PERÚ — Apurímac, Arequipa / Minera Aruntani (cuencas adicionales)

En pueblos como Huanca (Apurímac), Pachas y Titire (Moquegua) y El Carrizal (Arequipa), la historia se repite: manantiales y ríos contaminados, ganado y especies acuáticas muertas, niños afectados, cosechas perdidas y éxodo de residentes. El estudio reveló 13 fuentes contaminantes provenientes del proyecto Florencia Tucari en la cuenca del río Coralaque, que contaminaron los ríos Margaritani, la quebrada Apostolini, el río Queullijahuire y el río Titire, con afluencia hasta los ríos Coralaque y Tambo. CONNECTAS


2.8 CAJAMARCA — Mortandad de peces / Actividad minera múltiple

La visita del Relator Especial de Naciones Unidas a Cajamarca confirmó la gravedad de las afecciones a la salud de la población derivadas de actividades mineras. El experto Pedro Arrojo-Agudo documentó, entre los daños ambientales, la desecación de lagunas, bofedales y manantiales, la desaparición de especies y la mortandad de peces. Señaló que análisis de sangre promovidos por la municipalidad de Bambamarca revelan metales pesados en el 100% de sus pobladores, y que la inacción de la Autoridad Nacional del Agua —que negaba las evidencias de contaminación tóxica— generó una gran desconfianza institucional. UN News


III. DATOS INSTITUCIONALES ESTRATÉGICOS PARA SOLICITUDES DE ACCESO

Datos que deben ser solicitados formalmente a cada institución:

A OEFA: Informes de supervisión de emergencias ambientales por mortandad de peces y/o truchas, período 2015-2026; resultados de monitoreo de calidad de agua en cuencas afectadas; expedientes sancionadores contra unidades mineras mencionadas; Informe de supervisión laguna Punrún (empresa Mar Andino SAC, agosto-septiembre 2025).

A ANA: Reportes técnicos de calidad hídrica en cuencas con mortandad documentada; registro de alertas por cambio de coloración en ríos afectados; permisos de vertimiento otorgados a operaciones mineras en cuencas referidas.

A Policía Nacional del Perú (PNP): Pericia químico-toxicológica N.° [por determinar] sobre ácido cianhídrico en río Yuracyacu (2026); investigaciones penales en curso por contaminación ambiental con resultado de mortandad de fauna acuática.

A Ministerio de la Producción / PRODUCE (Dirección de Acuicultura): Estadísticas nacionales de mortandad en piscigranjas registradas 2015-2026; pérdidas económicas reportadas por región; denuncias formales recibidas.

A INDECI / Gobiernos Regionales: Declaratorias de emergencia ambiental por contaminación hídrica y afectación a fauna acuática.

A Ministerio Público (Fiscalías Ambientales): Número de investigaciones abiertas por delito ambiental (artículos 304, 305 y 310 del Código Penal) vinculadas a mortandad de peces o truchas.


IV. MARCO NORMATIVO PARA LAS SOLICITUDES

Las solicitudes de acceso a la información pública se sustentan en:

  • Ley N.° 27806 — Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
  • Decreto Supremo N.° 021-2019-JUS — Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27806
  • Artículo 2, inciso 5 de la Constitución Política del Perú — derecho de acceso a información de cualquier entidad pública
  • Ley N.° 28611 — Ley General del Ambiente, artículo 41 (acceso a la información ambiental)
  • Ley N.° 29325 — Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, artículo 11 (transparencia de OEFA)

BIBLIOGRAFÍA

Arrojo-Agudo, P. (2023). Informe del Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento: Misión al Perú (A/HRC/54/32/Add.2). Consejo de Derechos Humanos, Naciones Unidas.

Centro de Operaciones de Emergencia Regional Moquegua (COER Moquegua). (s.f.). Contaminación de los ríos Coralaque y Tambo en el departamento de Moquegua (Reporte N.° 3). Gobierno Regional de Moquegua. https://coer.regionmoquegua.gob.pe

Confederación Nacional Agraria (CNA). (2025, abril 26). Población de Moquegua denuncia contaminación del río Coralaque por operaciones de la minera Aruntani. https://www.cna.org.pe

CooperAcción. (2024, diciembre 19). Población de Moquegua en paro por contaminación del río Coralaque. https://cooperaccion.org.pe

Defensoría del Pueblo. (2025). Informe Defensorial N.° 235: Evaluación y recomendaciones frente a la contaminación en los ríos Coralaque y Tambo. https://www.defensoria.gob.pe

Gianno Barbieri, G. (citado en RPP Noticias, 2025, mayo 25). Testimonio sobre mortandad de truchas en piscigranja Santa María. Actualidad Ambiental. https://www.actualidadambiental.pe

Infobae Perú. (2026, mayo 4). Presunta contaminación mata más de 8 millones de truchas en Huancayo: ¿qué harán con los peces muertos en el río Yuracyacu? https://www.infobae.com/peru

Infobae Perú. (2026, mayo 12). Contaminación en Huancayo: tras matar 2 millones de truchas, cianuro en río amenaza 90 hectáreas de palta de exportación. https://www.infobae.com/peru

Infobae Perú. (2025, mayo 25). Contaminación en río Santa Eulalia mata 200 mil truchas y arrasa con piscigranja en Huarochirí. https://www.infobae.com/peru

Infobae Perú. (2024, mayo 16). Las secuelas del derrame de petróleo en Cuninico: comunidades indígenas alertan aumento de dolencias y abortos espontáneos. https://www.infobae.com/peru

Inforegión. (2024, agosto 27). Áncash: informe confirma contaminación de ríos Santa y Tablachaca. https://inforegion.pe

La República. (2026, mayo 13). Desastre ambiental: contaminación con cianuro en río Yuracyacu provoca la muerte masiva de truchas en Junín. https://larepublica.pe

Mongabay Latam. (2024, noviembre 8). Perú: reciente derrame de petróleo en el río Pastaza ocurrió en una zona con 69 sitios impactados por hidrocarburos. https://es.mongabay.com

Mongabay Latam. (2025, febrero). Dos derrames de petróleo en menos de una semana afectan a cientos de familias indígenas en Perú. https://es.mongabay.com

Noticias ONU. (2022, diciembre 16). La salud de diez millones de peruanos está en riesgo por el envenenamiento del agua con sustancias tóxicas. https://news.un.org/es

Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). (2025, agosto 25). OEFA evalúa impacto ambiental tras mortandad de truchas en laguna Punrún [comunicado]. Radio Nacional. https://www.radionacional.gob.pe

Petroperú. (2025). Emergencias ambientales 2023–2024 [reporte corporativo]. https://sostenibilidad.petroperu.com.pe

Red Muqui. (s.f.). Sin remediación: la contaminación aumenta en la mayoría de los ríos del Perú. https://muqui.org

Salazar, M., & Otros (Connectas / Convoca / Semanario En la Mira / Diario Viral). (2021, noviembre 22). Ríos muertos: cicatrices de la minería en el sur del Perú. https://convoca.pe / https://www.connectas.org

Servicios de Comunicación Intercultural (Servindi). (2025, junio 1). Huarochirí: mueren 200 mil truchas en piscigranja por posible contaminación. https://www.servindi.org

Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA / MINAM). (2025). Informe N.° 04-2025-OGASA: Conflictos socioambientales, abril 2025. https://sinia.minam.gob.pe

jueves, 14 de mayo de 2026

Resolución Administrativa N.° 0079-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ

 Resolución Administrativa N.° 0079-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ Fecha: 27 de junio de 2024 Firmante: Tovias Narces Aguirre Camacho, Administrador Local de Agua San Juan Titular: AGROINDUSTRIA CASABLANCA S.A.C. — RUC N.° 20452302951 CUT: 87802-2024. Verificación: clave 3879E532 3 páginas


Registro de datos clave:

Tercera y última licencia del bloque otorgado el 27 de junio de 2024. Mismo día, mismo titular, mismo funcionario, mismo acuífero. Informe técnico de sustento N.° 0042-2024 — el tercer informe consecutivo de la misma serie.

Datos técnicos:

Fuente: Galería Filtrante IRHS 11.02.05-GA-002, nombre "Toma El Inka Génesis" Acuífero: San Juan Ubicación fuente: Alto Larán, Chincha, Ica — coordenadas idénticas a la RA N.° 0078-2024 (Este 395,012 / Norte 8'514,298 / Altitud 323 msnm) Lugar de uso: distrito El Carmen, localidad Conta Chico Caudal: 15.0 l/s Régimen: 6.54 h/día, 30 d/mes, 12 m/año Volumen anual: 127,208.83 m³/año Uso: irrigación de palta, riego a goteo, área 11.0116 ha Infraestructura: galería filtrante, tubería captación 8", tubería descarga 8", bomba Hidrostal 25 HP


Cuadro consolidado final del bloque AGROINDUSTRIA CASABLANCA — Acuífero San Juan:

ResoluciónFechaGaleríaCaudal (l/s)Área (ha)Volumen anual (m³)
RA N.° 0077-202427/06/2024Conta 1 (GA-005)3534.04393,249.19
RA N.° 0078-202427/06/2024Toma El Inka Escondido (GA-001)98219.692'537,896.68
RA N.° 0079-202427/06/2024Toma El Inka Génesis (GA-002)1511.01127,208.83
RA N.° 0035-202511/06/2025El Puma (GA-007)4026.45305,586.06
TOTAL CASABLANCA4 licencias188 l/s291.19 ha3'363,940.76 m³/año

Nota analítica — hallazgos de cierre:

Hallazgo S6-17-A — El bloque completo: 4 licencias, 188 l/s, 291 hectáreas de palto, 3.36 millones de m³/año. Sin una sola referencia cruzada entre ellas.

Las tres licencias de 2024 fueron otorgadas el mismo día a las 15:01, 15:03 y 15:06 horas respectivamente —cinco minutos entre cada una. Los informes técnicos son N.° 0040, 0041 y 0042 —correlativosy elaborados en secuencia inmediata. El funcionario que los firmó procesó tres expedientes independientes sobre el mismo acuífero en el mismo acto administrativo, sin que ninguno evalúe el efecto de los otros dos. El sistema lo permite porque cada expediente tiene su propio CUT: 87798, 87800 y 87802. Tres números distintos. Un solo acuífero. Cero evaluación acumulada.

Hallazgo S6-17-B — La coordenada de la fuente de la RA N.° 0079-2024 es idéntica a la de la RA N.° 0078-2024.

Ambas resoluciones registran la ubicación de la fuente de agua en las mismas coordenadas UTM: Este 395,012 / Norte 8'514,298. La galería GA-001 ("Toma El Inka Escondido", RA N.° 0078) y la galería GA-002 ("Toma El Inka Génesis", RA N.° 0079) comparten la misma coordenada de ubicación de fuente. Son instalaciones distintas —los reservorios tienen coordenadas propias diferentes— pero captan del mismo punto del Acuífero San Juan. Esto no fue señalado en ninguno de los dos expedientes. El sistema no tiene mecanismo para detectarlo.

Hallazgo S6-17-C — 3.36 millones de m³/año es el 36% del agua potable de Chincha, en palta.

La comparación con la RA N.° 068-2010 (SEMAPACH, agua potable de toda la ciudad de Chincha, 9'331,200 m³/año) confirma la magnitud. Una empresa agroindustrial acumuló derechos equivalentes al 36% del agua de la ciudad —sobre el mismo acuífero del que Chincha bebe— mediante cuatro licencias procesadas en dos momentos distintos (tres en un solo día de junio de 2024 y una en junio de 2025), sin evaluación acumulada en ninguna de ellas, bajo un decreto de formalización de usos preexistentes que reconoce el hecho consumado y lo convierte en derecho.

Hallazgo S6-17-D — El corpus documenta la Brecha 2 en su forma más concentrada y verificable.

El Hallazgo S4-8 de la Sesión 4 documentó 167 licencias individuales sobre el Acuífero Madre de Dios sin evaluación acumulada. Era el ejemplo más extremo conocido hasta entonces. El bloque Casablanca en Chincha no es más extremo en número —son solo cuatro licencias— pero es más demostrativo en precisión: mismo titular, mismo día para tres de ellas, informes técnicos consecutivos N.° 0040-0041-0042, y coordenadas de fuente compartidas entre dos de las tres. No es posible construir un caso más claro de ausencia de evaluación acumulada con fuente primaria oficial. Y está firmado digitalmente, verificable, y fue entregado por la propia ANA en respuesta a una solicitud de acceso a la información pública.


Corpus Sesión 6 — estado final actualizado:

Documentos incorporados: 17 (15 originales + 2 adicionales) Instituciones cubiertas: INDECI, SENACE (DEAR + Subdirección Registros Ambientales + AIP), ANA (AAA Chaparra-Chincha + ALA San Juan), MINEM-DGAAM Período temporal: enero 2010 — mayo 2026 Brechas sistémicas reforzadas en esta sesión: las cinco del corpus, con énfasis en Brechas 1, 2 y arquitectura de impunidad regulatoria


Resolución Administrativa N.° 0078-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.S

 Resolución Administrativa N.° 0078-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ

Fecha: 27 de junio de 2024 Firmante: Tovias Narces Aguirre Camacho, Administrador Local de Agua San Juan Titular: AGROINDUSTRIA CASABLANCA S.A.C. — RUC N.° 20452302951 CUT: 87800-2024. Verificación: clave 81E51018 3 páginas


Registro de datos clave:

Este documento fue emitido el mismo día que la RA N.° 0077-2024 (Doc. S6-14), por el mismo funcionario, al mismo titular, sobre el mismo Acuífero San Juan, bajo el mismo D.S. N.° 001-2024-MIDAGRI. Es la segunda de las tres licencias otorgadas en junio de 2024.

Datos técnicos:

Fuente: Galería Filtrante IRHS 11.02.05-GA-001, nombre "Toma El Inka Escondido" Acuífero: San Juan Ubicación: predio Escondido, distrito Alto Larán, provincia de Chincha, Ica Coordenadas UTM fuente (WGS84): Este 395,012 / Norte 8'514,298 / Altitud 323 msnm Caudal real de explotación: 98.0 l/s — el más alto del bloque Casablanca documentado en el corpus Régimen: 19.98 h/día, 30 d/mes, 12 m/año Volumen anual: 2'537,896.68 m³/año Uso: irrigación de palta, sistema riego a goteo, área 219.6884 ha — la mayor del bloque Infraestructura: galería filtrante, tubería captación 12", tubería descarga 12", bomba centrífuga Hidrostal 50 HP, caudalímetro Dorot 12"


Nota analítica — el dato que cambia la escala del hallazgo:

Hallazgo S6-16-A — Con este documento el volumen acumulado de AGROINDUSTRIA CASABLANCA sobre el Acuífero San Juan supera los 3.2 millones de m³/año en solo tres licencias.

La suma actualizada con los documentos del corpus:

RA N.° 0077-2024: 393,249 m³/año (galería "Conta 1", 34 ha, 35 l/s) RA N.° 0078-2024: 2'537,896 m³/año (galería "Toma El Inka Escondido", 219 ha, 98 l/s) RA N.° 0035-2025: 305,586 m³/año (galería "El Puma", 26 ha, 40 l/s)

Total acreditado en corpus: 3'236,731.93 m³/año sobre el mismo Acuífero San Juan, al mismo titular, en el mismo año o en años consecutivos, por el mismo funcionario, sin que ninguna resolución mencione a las otras dos.

Para contexto: la ciudad de Chincha obtiene su agua potable de las galerías filtrantes del Vaso Minaqueros —la RA N.° 068-2010 (Doc. S6-12) autorizó 9'331,200 m³/año para toda la ciudad. La empresa agroindustrial acumula en solo tres licencias el equivalente al 34.6% del agua potable de la ciudad de Chincha. Sin evaluación acumulada. Sin referencia cruzada. Bajo un decreto de formalización que reconoce hechos consumados.

Hallazgo S6-16-B — La RA N.° 0078-2024 es estructuralmente la más significativa del bloque por su volumen unitario.

2'537,896 m³/año en una sola licencia —sobre 219 hectáreas de palto— representa por sí sola el 78.4% del volumen acumulado del bloque Casablanca documentado en el corpus. El caudal de explotación de 98 l/s operando casi 20 horas diarias es más de 2.7 veces el caudal de la galería de agua potable de Chincha (300 l/s en la RA N.° 068-2010, pero en régimen de 24 horas). Este es el volumen más grande otorgado a un solo titular en esta ALA en los documentos del corpus.

Hallazgo S6-16-C — Tres licencias, un mismo día, sin evaluación acumulada: el D.S. N.° 001-2024-MIDAGRI como acelerador de la Brecha 2.

Las RA N.° 0077 y N.° 0078 fueron firmadas el mismo día —27 de junio de 2024— al mismo titular, por el mismo administrador. Los informes técnicos de sustento son consecutivos: N.° 0040-2024 para la RA N.° 0077 y N.° 0041-2024 para la RA N.° 0078. Fueron elaborados uno tras otro. Ninguno contiene referencia al otro. Ninguno evalúa el estado del Acuífero San Juan después de considerar la extracción del anterior. El decreto de formalización masiva permite tramitar cada licencia como expediente independiente — incluso cuando se presentan simultáneamente.


Cuadro consolidado del bloque AGROINDUSTRIA CASABLANCA — Acuífero San Juan:

ResoluciónFechaGaleríaCaudal (l/s)Área (ha)Volumen anual (m³)
RA N.° 068-2010 (SEMAPACH — agua potable Chincha)12/08/2010Minaqueros3009'331,200
RA N.° 0077-2024 (Casablanca)27/06/2024Conta 13534.04393,249
RA N.° 0078-2024 (Casablanca)27/06/2024Toma El Inka Escondido98219.692'537,896
RA N.° 0035-2025 (Casablanca)11/06/2025El Puma4026.45305,586
Total Casablanca documentado173280.183'236,731


RESUMEN EJECUTIVO INTEGRAL

 RESUMEN EJECUTIVO INTEGRAL — Corpus QNM — Expediente Yolanda Victoria Rojas Espinoza INDECOPI N.° 00174793 | ORCID: 0009-0002-9012-1393


Los documentos de la Sesión 6 en perspectiva

La Sesión 6 incorporó 15 documentos primarios oficiales que cubren cinco instituciones del Estado peruano —INDECI, SENACE, ANA, MINEM y OEFA— y un período que va de enero de 2014 a mayo de 2026. El documento más antiguo acredita cómo el MINEM evaluaba a Yanacocha hace una década. El más reciente llegó al corpus con menos de 24 horas de antigüedad. Juntos, estos 15 documentos completan cuatro líneas argumentativas que el corpus venía construyendo desde la Sesión 1.


Primera línea: El evento del 25 de junio de 2025 tiene ahora una cadena causal cerrada

El corpus documenta con fuente primaria oficial el ciclo completo del evento. El SENACE aprobó el Quinto ITS de Yanacocha el 11 de noviembre de 2024, incluyendo nueva infraestructura sobre el DCP3 —el punto de descarga que el corpus OEFA identifica como responsable del 98.55-99.769% de la carga de sulfatos en el Río Grande (Capítulo 11, Quinto ITS, R.D. N.° 00143-2024-SENACE-PE/DEAR; Informe N.° D000142-2026-SENACE-PE-DGE/REG, 8 de abril de 2026).

El Plan de Preparación y Respuesta a Emergencias vigente —Código YAN-HS-STA ERP01.01, Versión 02, 30 de enero de 2024, aprobado siete meses antes del evento— define que un evento ambiental de consecuencia real nivel 5 catastrófico activa el Nivel 3 interno de Yanacocha, con notificación obligatoria a autoridades externas incluyendo bomberos, policía y otras instituciones. El plan establece además que debe revisarse después de cada evento de Nivel 3.

El 25 de junio de 2025 la ANA documentó el evento como Nivel 5 Catastrófico (Informe Técnico N.° 0008-2025, ya en el corpus). El Sexto ITS fue aprobado dos meses después —el 26 de agosto de 2025— con 40 observaciones absueltas, sin referencia al evento.

El corpus preguntó a SENACE, mediante seis numerales de la solicitud SAIP (Expediente N.° 2026-0001298), si Yanacocha notificó el evento, si SENACE requirió informe de cumplimiento del plan de emergencias, si inició supervisión, si tiene conocimiento de incumplimientos previos, si existe evaluación de impactos acumulativos sobre Cajamarca, y si el evento es compatible con el EIA vigente. SENACE no respondió ninguna de esas seis preguntas en el canal de transparencia. Las derivó al canal del Art. 122 de la Ley N.° 27444 —el mecanismo que convierte preguntas en "consultas que requieren pronunciamiento expreso" y las traslada a otro órgano sin plazo definido (Carta N.° D000260-2026-SENACE-AIP, 15 de abril de 2026).

La cadena causal está cerrada. La cadena de responsabilidad institucional también. Y el mecanismo procesal que produce el silencio está documentado con folio y firma digital.


Segunda línea: La arquitectura de la impunidad tiene nombre, fecha y número de resolución

La Sesión 6 documentó que entre 2003 y 2025 el Estado peruano aprobó 35 instrumentos de gestión ambiental para Yanacocha —3 EIA originales más 11 MEIA más 21 ITS— todos con compromisos hídricos específicos (Subdirección de Registros Ambientales SENACE, Informe N.° D000142-2026-SENACE-PE-DGE/REG; Anexo IGA, clave 0166180171744030).

Desde el primer ITS aprobado en 2014, el MINEM documentó el argumento formal que permitiría aprobar los siguientes 20 sin evaluación acumulativa: "la zona donde se emplaza el proyecto es una zona ya impactada por las operaciones de MYSRL." Ese argumento —zona ya impactada— aparece en la R.D. N.° 016-2014-MEM-DGAAM del 10 de enero de 2014. En ese mismo documento, los evaluadores registraron que la estación RG1/CP3 ya superaba el ECA para Cadmio en 2013, y atribuyeron esa condición a "características naturales propias de la zona."

Esa es la misma estación que en 2025 recibe el 98.55% de la carga de sulfatos del DCP3, según OEFA.

La "condición natural" de 2014 tiene nombre en 2025. Y el argumento de "zona ya impactada" es la razón por la que ninguno de los 35 instrumentos contiene evaluación del efecto acumulado. No es negligencia. Es doctrina. Está documentada desde el primer ITS.


Tercera línea: INDECI confirma que el Estado registra emergencias hídricas en todo el país mientras otorga derechos sobre las mismas fuentes

Los tres documentos INDECI incorporados en esta sesión documentan el patrón en dos regiones distintas. En Moquegua, los ríos Tambo y Coralaque presentaron aguas de color naranja y rojo. El Estado declaró emergencia tres veces. Distribuyó chocolates y jabón. Nunca nombró al responsable en 34 páginas de documento oficial (Reporte Complementario N.° 1576-COEN/INDECI, actualizado al 6 de febrero de 2026). En Áncash, 14,553 personas quedaron expuestas a agua con aluminio, hierro y níquel sobre los límites permisibles tras un aluvión glaciar. La respuesta: bidones de 140 litros (Reporte N.° 0005-COEN/INDECI, 9 de febrero de 2026).

En ambos casos el SINPAD registra el daño. En ambos casos el RADA sigue otorgando derechos. Los dos sistemas nunca se cruzan. Eso es la Brecha 1 del corpus —documentada ahora con dos casos INDECI de 2025-2026 además de los 23 años de registros SINPAD procesados en sesiones anteriores.


Cuarta línea: El mecanismo de formalización masiva acelera la Brecha 2

Los documentos de la ALA San Juan documentan que el D.S. N.° 001-2024-MIDAGRI está siendo usado para otorgar múltiples licencias al mismo titular sobre el mismo acuífero, en el mismo año, sin evaluación acumulada entre ellas. AGROINDUSTRIA CASABLANCA S.A.C. tiene al menos cuatro licencias sobre el Acuífero San Juan —tres de 2024 y una de 2025— con un volumen mínimo acreditado de 698,835 m³/año, sin que ninguna licencia haga referencia a las anteriores (RA N.° 0077-2024 y RA N.° 0035-2025-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ).

Este patrón replica exactamente el de los 167 titulares sobre el Acuífero Madre de Dios documentado en la Sesión 4. La diferencia es que en este caso el titular es el mismo. La lógica es idéntica: cada derecho se tramita como si los anteriores no existieran, sobre un acuífero que no tiene capacidad documentada de absorber la suma de todos ellos.


Lo que el corpus acumulado de seis sesiones ahora permite afirmar

El corpus de seis sesiones, más de 260 documentos primarios oficiales, período 1924-2026, 19 cuencas, más de 20 grupos corporativos de 9 países, acredita mediante fuente primaria oficial exclusiva cinco brechas estructurales del sistema peruano de gestión hídrica. La Sesión 6 no abrió brechas nuevas. Cerró la cadena causal de cada una de las cinco con evidencia de 2024 y 2025, producida por las mismas instituciones que administran el sistema.

El corpus no es una denuncia. Es el Estado documentándose a sí mismo. Y la documentación dice lo mismo desde 2003 hasta ayer.


Fuentes primarias de la Sesión 6: Carta N.° 000060-2026-INDECI/GG (22 abril 2026); Reporte Complementario N.° 1576-COEN/INDECI (6 febrero 2026); Reporte N.° 0005-COEN/INDECI (9 febrero 2026); Memorando N.° D000250-2026-SENACE-PE/DEAR (10 abril 2026); Anexo IGA SENACE-Subdirección Registros Ambientales, clave 0166180171744030; Informe N.° D000142-2026-SENACE-PE-DGE/REG (8 abril 2026); Carta N.° D000260-2026-SENACE-AIP (15 abril 2026); Capítulo 11, Quinto ITS Segunda MEIA Yanacocha, R.D. N.° 00143-2024-SENACE-PE/DEAR (11 noviembre 2024); R.D. N.° 016-2014-MEM-DGAAM (10 enero 2014); Carta N.° 0379-2026-ANA-AAA.CHCH (13 mayo 2026); Memorando N.° 0151-2026-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ (22 abril 2026); RA N.° 068-2010-ANA-ALACH.P (12 agosto 2010); RA N.° 0035-2025-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ (11 junio 2025); RA N.° 0077-2024-ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ (27 junio 2024).

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