Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV
Nota de trazabilidad: este documento es la fuente primaria completa del dato ya citado de forma agregada en el corpus (resumen ejecutivo de vacíos de fiscalización, sección VI): la licencia de agua de Compañía Minera Antapacay S.A. sobre el río y tajo Tintaya. Se incorpora ahora con el detalle íntegro del expediente de cambio de titularidad.
I. Identificación del documento
Expediente + resolución + empresa + unidad fiscalizable: Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV (Expediente Administrativo N.° 0291-2014, iniciado el 25.03.2014), emitida por la Administración Local de Agua Alto Apurímac-Velille el 30 de julio de 2014, a favor de Compañía Minera Antapacay S.A. (RUC N.° 20114915026), distrito y provincia de Espinar, departamento de Cusco. Unidad fiscalizable: río Tintaya y Pozos Tajo Tintaya (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 1-2).
II. Cadena de titularidad del derecho de agua
El documento reconstruye la trayectoria completa de la licencia, originalmente otorgada mediante Resolución Administrativa N.° 003-2001-MINAG-CTAR-DRAC-ATDRS del 25.01.2001 a favor de "Empresa Minera BHP Tintaya S.A.", con un caudal superficial de 36.00 l/s del río Tintaya y subterráneo de 40.00 l/s del tajo minero, con fines mineros industriales (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 1). La denominación del titular cambió sucesivamente sin nueva evaluación técnica sustantiva del derecho: a "BHP Billiton Tintaya S.A." mediante Resolución Administrativa N.° 057-2002-MINAG-CTAR-DRA-C/ATDRS (08.05.2002); a "Xstrata Tintaya S.A." mediante Resolución Administrativa N.° 016-2007-ATDRS/DRAC-MINAG-GRC (20.02.2007); y finalmente a "Compañía Minera Antapacay S.A." tras el cambio de denominación societaria aprobado en junta general de accionistas del 21.08.2013 (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 1).
El Informe Técnico N.° 0152-2014-ANA/ALA-AAV/JCH/PERH concluyó que correspondía extinguir la licencia a nombre de Xstrata Tintaya S.A. y otorgarla a Compañía Minera Antapacay S.A. bajo las mismas condiciones del transferente, en aplicación del derecho preferente del artículo 65°, numeral 65.3, del Reglamento de la Ley N.° 29338 (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 1-2).
III. Términos del otorgamiento (Artículo 2°)
Se otorgó licencia de uso de agua para uso productivo minero: aguas superficiales del río Tintaya hasta 36.00 l/s, volumen anual de 1,135,296.00 m³, y aguas subterráneas del tajo minero Tintaya hasta 40.00 l/s, volumen anual de 1,261,440.00 m³, con captaciones georreferenciadas en datum WGS-84, zona 19 (río: Este 250375, Norte 8355650; pozos: Este 250880, Norte 8355200) (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 2). El volumen mensual de pozos del tajo Tintaya se mantiene en un rango de 96,768.00 a 107,136.00 m³ a lo largo del año, sin variación estacional significativa (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 2).
IV. Contaminantes que exceden el límite permitido
No aplica. Es un acto administrativo de otorgamiento de derecho de uso de agua por cambio de titular; no contiene monitoreo de calidad ni parámetros analíticos.
V. Brechas identificadas
El expediente confirma documentalmente el hallazgo ya sistematizado en el corpus: la Administración Local de Agua "otorga" formalmente la licencia bajo las mismas condiciones del transferente (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 2), sin que conste en el documento una nueva evaluación técnica de disponibilidad hídrica, capacidad de carga de la cuenca o impacto acumulado, pese a que el derecho ya había cambiado de titular en tres ocasiones previas (2002, 2007, 2013) en un lapso de trece años. El único fundamento normativo invocado para no reevaluar es el artículo 102°, numeral 102.5, del Reglamento, que dispone la subsistencia del derecho mientras no se declare su extinción por resolución firme (Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV, pág. 1), lo que en la práctica perpetúa indefinidamente un caudal fijado en el año 2001 sin actualización técnica sustantiva.
Bibliografía
Autoridad Nacional del Agua, Administración Local de Agua Alto Apurímac-Velille. (2014). Resolución Administrativa N.° 0290-2014-ANA/ALA AAV: Extinción y otorgamiento de Licencia de Uso de Agua por cambio de titular, Compañía Minera Antapacay S.A. [Expediente N.° 0291-2014]. Ministerio de Agricultura y Riego.
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