FICHA TÉCNICA
RD N.° 795-2015-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, Huaral, 19 de junio de 2015. CUT N.° 21794-2013. Emisor: AAA Cañete-Fortaleza, Director Ing. Julio Antonio Castillo Correa. Administrada: Volcan Compañía Minera S.A.A., RUC N.° 20383045267, representada por Otto Juan Norberto Elespuru Nesanovich, Partida SUNARP N.° 11363057. Naturaleza del acto: ampliación de plazo de autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.
RELACIÓN CON EL CORPUS ANTERIOR
Volcan Compañía Minera S.A.A. ya aparece en el corpus de sesión anterior como titular de la RD N.° 1513-2014-ANA-AAA-CF, que autorizó obras sobre la Laguna Leoncocha Baja a 4,806 m.s.n.m. en la cuenca Rímac, Chicla, Huarochirí, con déficit hídrico total documentado en cinco meses del año y obras ejecutadas sin autorización previa regularizadas retroactivamente. Ese documento fue identificado como el caso más directo de violación del artículo 35 de la Ley N.° 29338 en todo el corpus.
Este documento es un acto posterior sobre la misma empresa pero sobre un proyecto distinto: la Unidad de Explotación y Aprovechamiento Ticlio, también en Lima.
PROYECTO Y ZONA
Unidad de Explotación y Aprovechamiento Ticlio, Volcan Compañía Minera S.A.A. La autorización de obras fue otorgada mediante RD N.° 1573-2014-ANA-AAA-Cañete Fortaleza del 30/12/2014 con un plazo original de dos meses para ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con fines de uso minero y poblacional, para la obtención de licencia de uso de agua superficial. La notificación a la ALA Chillón Rímac Lurín ubica el proyecto en la cuenca del Rímac o sus tributarios. Volcan opera en esa zona la mina Ticlio en el paso de La Oroya.
NATURALEZA DEL ACTO
Ampliación de plazo de dos meses adicionales porque Volcan no culminó las obras en el plazo original. El Informe Técnico N.° 069-2015-ANA-AAA.CF/SDARH/KOC del 12/05/2015 constató que las obras no habían sido terminadas y recomendó la ampliación. ANA la concedió.
HALLAZGOS ESTRATÉGICOS PARA EL EXPEDIENTE QNM
Hallazgo A - Volcan acumula dos intervenciones hídicas documentadas ante la AAA Cañete-Fortaleza en cuencas distintas. La RD N.° 1513-2014 sobre la Laguna Leoncocha Baja en la cuenca Rímac alta (corpus anterior) y esta RD N.° 795-2015 sobre la UEA Ticlio también en la cuenca Rímac-Chillón Lurín. Dos expedientes simultáneos de la misma empresa en la misma cuenca sin evaluación acumulada, consistente con el patrón sistemático del corpus.
Hallazgo B - El artículo 2 de la parte resolutiva establece expresamente que esta resolución no autoriza el uso del recurso ni constituye derecho de uso de agua. Esa misma cláusula aparece en el Documento 16 (Santa Luisa, Mini Central Pallca). Su presencia en dos documentos distintos y su ausencia en la mayoría de las autorizaciones de exploración minera del corpus confirma que ANA aplica la separación procedimental entre autorización de obras y autorización de uso de forma selectiva según el tipo de intervención.
Hallazgo C - Cambio de director de la AAA Cañete-Fortaleza. Esta resolución es firmada por el Ing. Julio Antonio Castillo Correa, a diferencia de los documentos de 2014 firmados por el Ing. Alberto Domingo Osorio Valencia y los documentos de 2023-2024 firmados por Abner Zavala Zavala. El corpus abarca al menos tres gestiones directivas distintas de la AAA Cañete-Fortaleza entre 2014 y 2024, todas con los mismos patrones de autorización sin evaluación acumulada, lo que descarta que el patrón sea atribuible a decisiones individuales de un director específico. Es una práctica institucional consolidada.
Hallazgo D - La UEA Ticlio es la misma unidad minera de Volcan ubicada en el paso de La Oroya, en el límite entre Lima y Junín, sobre la cuenca alta del Rímac. Esa zona es reconocida por la literatura técnica como una de las más afectadas por pasivos ambientales mineros en el Perú. Su presencia en el corpus con una autorización de obras para licencia de uso de agua superficial con fines mineros y poblacionales simultáneamente revela que ANA procesa solicitudes de doble finalidad, minera y poblacional, bajo el mismo procedimiento sin desagregar el impacto diferenciado sobre cada uso.
SÍNTESIS PARA EL BLOG
La Autoridad Nacional del Agua amplió en 2015 el plazo para que Volcan Compañía Minera ejecutara obras de aprovechamiento de agua en su Unidad Minera Ticlio, en la cuenca del Rímac, Lima, porque la empresa no terminó las obras a tiempo. Es la misma empresa que en otro expediente de este corpus obtuvo autorización para intervenir una laguna de 4,806 metros de altura en la cuenca Rímac con déficit hídrico documentado y con obras ya construidas sin permiso. Dos expedientes, misma empresa, misma cuenca, misma autoridad, mismo año. Ninguno evaluado en relación con el otro.
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