lunes, 4 de mayo de 2026

RESUMEN - RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 1419-2024-ANA-AAA.CF

 RESUMEN - RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 1419-2024-ANA-AAA.CF

Emisor: Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza, sede Huaral, firmada digitalmente por Abner Zavala Zavala, Director (e). Fecha: 13 de noviembre de 2024. Administrada: Sociedad Minera Corona S.A., RUC N.° 202174275. Expediente de origen: CUT N.° 132892-2024. Clave de verificación: 2B571FF2 (https://sisged.ana.gob.pe/consultas).

NATURALEZA DEL DOCUMENTO

Esta es una resolución de rectificación de error material, no una autorización nueva. Su contenido sustantivo no cambia el acto original sino que corrige dos referencias internas erróneas: el nombre de la ALA que realizó la inspección ocular y el número del acta correspondiente.

CONTENIDO TÉCNICO Y JURÍDICO

Acto original que se rectifica: RD N.° 0944-2024-ANA-AAA.CF del 21 de agosto de 2024, que autorizó a Sociedad Minera Corona S.A. la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de dos pozos exploratorios en la Unidad Minera Acumulación Yauricocha, distrito de Alis, provincia de Yauyos, departamento de Lima.

Error corregido: El tercer considerando y el Artículo 4 de la parte resolutiva de la RD N.° 0944-2024 consignaron incorrectamente la Administración Local de Agua Huaura y el Acta N.° 023-ANA-AAACF/ALAH. Lo correcto es la Administración Local de Agua Mala Omas Cañete y el Acta N.° 059-2024-ANA-AAA.CF-ALA.MOC/AIML. Todo el resto del acto administrativo queda subsistente.

OBSERVACIONES CRÍTICAS

Primero: Este documento confirma la existencia de un nuevo actor minero en el sistema hídrico de la AAA Cañete-Fortaleza: Sociedad Minera Corona S.A., que opera la Unidad Minera Acumulación Yauricocha en Yauyos, Lima. Yauricocha es una mina polimetálica activa con historia de más de 70 años en la cuenca del río Cañete, tributario del Pacífico. Su incorporación al mapa de actores con autorización de perforación de pozos exploratorios en 2024 añade otro operador a la lista de empresas con intervención activa sobre acuíferos en cuencas costeras peruanas sin registro de sanciones.

Segundo: La rectificación por confusión entre dos ALAs distintas, Huaura y Mala Omas Cañete, revela que la AAA Cañete-Fortaleza gestiona simultáneamente procedimientos de múltiples cuencas costeras, con el riesgo procedimental de confundir referencias entre ellas. Ese error, aunque material, sugiere una carga administrativa elevada o una gestión documental insuficiente para la escala de los derechos que esta AAA administra.

Tercero: El valor estratégico de este documento para el expediente QNM es comparativo. Muestra que la AAA Cañete-Fortaleza corrige errores formales en actos favorables a empresas mineras con eficacia retroactiva, usando el artículo 212 de la Ley N.° 27444, mientras que no hay registro en ningún documento del conjunto de que esa misma AAA haya iniciado de oficio ningún procedimiento sancionador o de revisión de autorizaciones mineras por impacto hídrico documentado.

Firma: Abner Zavala Zavala, Director (e), AAA Cañete-Fortaleza, Huaral, 13/11/2024, 21:13:24.

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