RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 0175-2025-ANA-AAA.CF CUT N.° 207669-2024 | Fecha: 06 de febrero de 2025 | Lugar: Huaral
¿QUÉ DECIDIÓ EL ESTADO?
La AAA Cañete-Fortaleza otorgó a Elida Resources S.A.C. (RUC N.° 20551513778) dos cosas en un solo acto: primero, declaró vigentes los cinco meses restantes de la autorización original (con eficacia anticipada al 11 de marzo de 2025); y segundo, prorrogó esa autorización por dos años adicionales, contados desde el 12 de marzo de 2025 hasta el 12 de marzo de 2027. Las fuentes autorizadas son el río Pativilca (63,072 m³/año) y el río Gorgor (946.60 m³/año), cuenca Pativilca, para el Proyecto de Exploración Minera Elida en Carhuapampa, provincia de Ocros, departamento de Áncash.
CRONOLOGÍA COMPLETA DEL EXPEDIENTE — CUATRO ACTOS EN CUATRO AÑOS
Este documento es el cuarto acto de una secuencia que se debe leer en su totalidad para entender lo que ocurrió:
Acto 1 — RD N.° 647-2021-ANA-AAA-CF (08.09.2021): autorización original por dos años. Volumen: 63,072 m³/año del río Pativilca + 946.60 m³/año del río Gorgor. Plazo: hasta septiembre de 2023. Proyecto: 20 plataformas de perforación diamantina, 40 pozas de sedimentación, 41 sondajes con longitud total de 41,000 metros.
Acto 2 — RD N.° 0492-2023-ANA-AAA.CF (10.04.2023): suspensión temporal de 12 meses a solicitud de la propia empresa, desde el 11 de abril de 2023 hasta el 11 de abril de 2024. La resolución dispuso que al cumplirse el plazo la autorización continuaría vigente.
Acto 3 — RD N.° 0794-2024-ANA-AAA.CF (18.07.2024): segunda suspensión temporal de 12 meses adicionales, con eficacia anticipada desde el 12 de abril de 2024 hasta el 12 de abril de 2025. La resolución dispuso nuevamente que al cumplirse el plazo la autorización continuaría vigente.
Acto 4 — RD N.° 0175-2025-ANA-AAA.CF (06.02.2025, el documento analizado): ANA determina que quedan cinco meses del plazo original sin consumir, los declara vigentes con eficacia anticipada al 11 de marzo de 2025, y acto seguido prorroga por dos años adicionales desde el 12 de marzo de 2025.
EL PROBLEMA JURÍDICO CENTRAL
El Art. 62 de la Ley N.° 29338 establece que la autorización de uso de agua es por plazo máximo de dos años y puede ser prorrogada por única vez por plazo similar. Ese límite es la norma especial hídrica.
Lo que ANA construyó a través de cuatro actos sucesivos es lo siguiente: una autorización original de 2 años (2021-2023) + dos suspensiones temporales de 12 meses cada una (2023-2024 y 2024-2025) + cinco meses residuales declarados vigentes + prórroga de dos años (2025-2027). El resultado real es que Elida Resources tendrá derecho de uso sobre los ríos Pativilca y Gorgor desde 2021 hasta 2027: seis años continuos sobre la misma fuente, cubiertos bajo el paraguas formal de "una autorización de dos años más su única prórroga."
Las suspensiones temporales fueron solicitadas por la propia empresa, no por caso fortuito ajeno a su voluntad. ANA las concedió dos veces consecutivas invocando el principio de informalismo del Art. IV del TUO Ley N.° 27444 —norma de procedimiento general— para superar el límite temporal de la norma especial hídrica. El mismo mecanismo identificado en el Hallazgo T3-4 del corpus (Alcon Silver) se repite aquí con una variante: en lugar de una segunda prórroga extraordinaria, se usan dos suspensiones consecutivas para conservar artificialmente el saldo de la autorización original y habilitar luego la prórroga formal.
QUIÉN FIRMÓ
Director(e): Abner Zavala Zavala — AAA Cañete-Fortaleza (firma digital, 11.02.2025, 14:54:35). Informe Legal N.° 003-2025-ANA-AAA-CF/LMZV (09.01.2025): opinión jurídica de sustento. V°B° adicionales: Fernández Gómez Peker (firma digital 11.02.2025) y Payano Vergel Christian Jorge (firma digital 11.02.2025).
DATO QUE EL DOCUMENTO NO EVALÚA
La autorización original (RD N.° 647-2021) fue analizada en la Sesión 3 del corpus (Doc. 4) y allí se documentó que en la inspección de enero de 2024 ninguno de los puntos de captación registraba uso activo: la empresa declaró cero actividad en terreno. ANA otorgó ahora la prórroga de dos años sobre una fuente que la propia empresa no había comenzado a usar en los cuatro años anteriores. No existe en el expediente evaluación del estado actual del río Pativilca ni del río Gorgor al momento de la prórroga.
CONEXIÓN CON EL CORPUS ACUMULADO
Este es el mismo expediente Elida Resources de la Sesión 3 (Doc. 4, RD N.° 647-2021), ahora con su acto de cierre documentado. Confirma que Abner Zavala Zavala —director encargado identificado ya en el corpus— es el firmante tanto de la segunda suspensión (2024) como de la prórroga final (2025). El patrón de uso del Art. 17 del TUO Ley N.° 27444 (eficacia anticipada) para extender derechos hídricos más allá del límite del Art. 62 de la Ley N.° 29338 tiene ahora dos casos documentados con fuente primaria: Alcon Silver y Elida Resources.
EN LENGUAJE CIUDADANO
Una empresa minera recibió permiso en 2021 para usar agua de los ríos Pativilca y Gorgor en Áncash. Nunca comenzó a usarla. Pidió dos veces que se "pausara" su permiso para no perderlo. ANA se lo concedió ambas veces. Luego, en 2025, ANA le dio dos años más de prórroga. El resultado: la misma empresa tiene reservado el agua de esos dos ríos desde 2021 hasta 2027 —seis años— sin haber perforado un solo sondaje verificado. La ley dice que estos permisos duran máximo dos años más una prórroga. El Estado encontró la forma de que duren seis.
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