jueves, 7 de mayo de 2026

RD N.° 494-2015-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA- Newmont Perú S.R.L. | RUC N.° 20110345519

 RD N.° 494-2015-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA Fecha: 07 de mayo de 2015 | Director: Ing. Alberto Domingo Osorio Valencia CUT N.° 121832-2014

TITULAR: Newmont Perú S.R.L. | RUC N.° 20110345519 Apoderado: Oscar Hubert Bernuy Verand

PROYECTO: Exploración Minera Illari — Categoría II Concesiones: Quimsacruz 27, 28, 29, 33, 34 y 35 Ubicación: Distrito Ambar, Provincia Huaura, Departamento Lima Perforaciones: 32

FUENTES HÍDRICAS (doble captación):

FuenteEste (m)Norte (m)CuencaTotal m³
Río Ambar244,7258,799,042Supe-Ambar1,753
Río Huaura228,3088,773,142Huaura1,780
TOTAL3,533

CLASE DE DERECHO: Autorización de uso de agua superficial — exploración minera Plazo: 10 meses (hasta 30 de enero de 2016)

DISTRIBUCIÓN MENSUALIZADA:

Abr-15May-15Jun-15Jul-15Ago-15Set-15Oct-15Nov-15Dic-15Ene-16TOTAL
578578578261313135785785783,533 m³

INSTRUMENTO AMBIENTAL: Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado aprobado mediante RD N.° 495-2014-MEM-DGAAM (01.10.2014) Instrumento territorial: Convenio con Comunidad Campesina de Calpa

CADENA TÉCNICA:

  • IT N.° 061-2015-ANA-AAA.CF-ALA.B (16.04.2015) — ALA Barranca: cumplimiento de requisitos, verificación técnica de campo, sin afectación a usuarios agrícolas de Calpa ni a usuarios aguas abajo

HALLAZGOS DE ESTE DOCUMENTO:

H1 — Segundo acto de la cadena Newmont/Illari: escalamiento de Categoría I a Categoría II. El Documento 8 registró la autorización original de Newmont/Illari en octubre de 2013 como Categoría I sobre el río Ambar, con 1,689 m³ y 18 meses. Este documento es la segunda autorización del mismo proyecto, ahora clasificado como Categoría II, con doble fuente hídrica (ríos Ambar y Huaura), seis concesiones en lugar de dos, 32 perforaciones y 3,533 m³. El volumen se incrementó 2.09 veces entre la primera y esta segunda autorización. La secuencia completa del escalamiento Newmont/Illari documentada en el corpus es: 1,689 m³ (2013, Cat. I) → 3,533 m³ (2015, Cat. II) → 9,729 m³ (modificación posterior, ya documentada en sesiones anteriores). Escalamiento total acumulado: 5.76x en menos de dos años.

H2 — Primer EIA Semidetallado del corpus para exploración minera. Todos los documentos anteriores de esta sesión que involucraron exploración presentaron como instrumento ambiental una Constancia de Aprobación Automática. Este es el primer caso en que aparece un EIA Semidetallado (RD N.° 495-2014-MEM-DGAAM). La categorización como Cat. II implica mayor complejidad y exige instrumento ambiental de mayor exigencia que la Cat. I. Sin embargo, el EIA Semidetallado fue aprobado en octubre de 2014 para un proyecto que en 2013 era Cat. I. La reclasificación a Cat. II fue posterior al inicio de operaciones bajo el esquema de Cat. I. Newmont operó primero con instrumento menor y luego regularizó con instrumento mayor.

H3 — Doble captación en dos cuencas distintas sin evaluación acumulada. El río Ambar pertenece a la subcuenca Ambar de la cuenca Supe; el río Huaura pertenece a la cuenca Huaura. Son dos sistemas hidrográficos distintos captados simultáneamente para el mismo proyecto. El IT N.° 061-2015 evalúa disponibilidad por fuente separada, sin análisis conjunto. Patrón idéntico al documentado en Elida Resources (Doc. 4, doble captación Pativilca) y en Mitsui (Doc. 7, triple captación quebradas Bolognesi).

H4 — Meses de cero consumo declarados en la tabla de distribución. Los meses de agosto, setiembre y octubre de 2015 registran 0 y 13 m³ para el río Ambar, con demanda prácticamente nula. La distribución muestra una estacionalidad de uso muy marcada: alta demanda en meses húmedos (abril-junio, noviembre-enero) y demanda mínima o cero en meses secos (julio-octubre). ANA no estableció condición de uso mínimo garantizado ni cláusula de caducidad por no uso. El derecho subsiste aunque el uso real sea cero en determinados meses.

H5 — Osorio Valencia firma su segunda autorización a Newmont en el corpus. El Director Ing. Alberto Domingo Osorio Valencia firma este acto en mayo de 2015. Ya había firmado la RD N.° 745-2014 para Coppernico (Doc. 1 de esta sesión). Es el mismo director que en 2014 autorizó la primera empresa y en 2015 autoriza la segunda fase de Newmont, sin que ninguno de los dos actos contenga referencia cruzada al otro ni evaluación acumulada de cuenca.

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