miércoles, 10 de junio de 2026

LA LAGUNA PUNRUN EN 2025: MANGUERAS HACIA EL AGUA, SIN SANCIONES EN LA HISTORIA INSTITUCIONAL

 LA LAGUNA PUNRUN EN 2025: MANGUERAS HACIA EL AGUA, SIN SANCIONES EN LA HISTORIA INSTITUCIONAL


Informe Técnico N.° 0031-2025-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO/NVTH — QNM Que Nos Mantengan con lo Nuestro®

El 17 de marzo de 2025, personal de la Administración Local de Agua Pasco realizó una verificación técnica de campo inopinada en la laguna Punrun, sector Casa Laguna, distrito de Simón Bolívar, Pasco, a 4,334 metros sobre el nivel del mar. La visita se realizó en compañía del representante de la empresa Mar Andino Perú S.A.C., Ing. Andrew Chacon Cipriano, y fue documentada en el Informe Técnico N.° 0031-2025-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO/NVTH, firmado digitalmente por la Profesional Nataly Victoria Tueros Huaman el 28 de marzo de 2025 (ANA, 2025, Informe Técnico N.° 0031-2025-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO/NVTH, CUT 62891-2025, código 6526A497).

Lo que la verificación constató, dentro de la concesión del centro de cultivo Don Droso de la empresa Mar Andino Perú S.A.C., es lo siguiente. En las coordenadas UTM WGS-84: 342593E y 8802047N, se observó la presencia de mangueras HDPE de distintos diámetros ubicadas en la orilla de la laguna Punrun. A lo largo del recorrido entre las coordenadas 342579E-8802092N y 3425709E-8802061N se documentó la disposición de calaminas, sogas, cilindros, tuberías, fierros y maderas cerca de la orilla. En las coordenadas 342582E y 8802098N se identificó una caseta de calamina desde la cual parte una manguera HDPE de 2 pulgadas de diámetro en dirección hacia la laguna (ANA, 2025, Informe Técnico N.° 0031-2025-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO/NVTH, págs. 2-4). El representante de la empresa manifestó en campo que las mangueras expuestas son para donar a las comunidades aledañas.

Este documento tiene un valor particular por lo que revela en contexto con otra pieza del corpus. En junio de 2026, respondiendo una solicitud de acceso a la información pública de esta investigadora, la ALA Pasco confirmó que en toda su historia institucional no se ha identificado ningún procedimiento administrativo sancionador ni autorización de vertimiento vinculados a la laguna Punrun (ANA, 2026, Carta N.° 0113-2026-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO, CUT 98973-2026, código E8A616FF, pág. 2). El informe de marzo de 2025 no inició ningún PAS. La recomendación del documento fue solicitar a la empresa que informe sobre las acciones que pretende realizar respecto a los materiales encontrados.

La laguna Punrun no es una laguna cualquiera en el corpus QNM. Sobre ella y su sistema hídrico inmediato el Estado peruano ha otorgado derechos de agua a Sociedad Minera El Brocal S.A.A. desde 1975 (RS N.° 0087-1975, empresa: Sociedad Minera El Brocal S.A.A., unidad fiscalizable: Planta de Tratamiento Huaraucaca, Tinyahuarco, Pasco), a Pan American Silver Huaron S.A. por 10,110,000 m³ anuales sobre seis lagunas altoandinas de la misma cuenca incluyendo Shegue y Huaroncocha (RA N.° 0133-2012, empresa: Pan American Silver Huaron S.A., unidad fiscalizable: Unidad Minera Huaron, Huayllay, Pasco), y a Empresa Administradora Cerro S.A.C. por 14,821,920 m³ anuales sobre el río Huaraupama y la laguna Acococha (RA N.° 0103-2011, empresa: Empresa Administradora Cerro S.A.C., unidad fiscalizable: campamento E.A. Cerro S.A.C., Simón Bolívar, Pasco). Sobre esa misma laguna, además de los grandes titulares mineros, opera un centro de cultivo acuícola con mangueras colocadas hacia el agua, registrado en el sistema de fuentes contaminantes de la ANA con el código IFC N.° 4996_RS_GM_041, clasificado como fuente de residuos sólidos de gestión municipal de actividad poblacional.

Lo que el corpus documenta en conjunto es que la laguna Punrun recibe presión simultánea de al menos cuatro operadores con derechos formales y un operador con presencia física documentada en su orilla, sobre un cuerpo de agua a 4,334 msnm en la cabecera de la cuenca del Mantaro, que alimenta la principal central hidroeléctrica del país. Y que en toda la historia institucional de la ALA competente no existe una sola sanción vinculada a ese sistema.


Referencias: Autoridad Nacional del Agua (2025). Informe Técnico N.° 0031-2025-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO/NVTH. Acciones de intervención estratégica de las fuentes contaminantes, laguna Punrun, sector Casa Laguna, distrito de Simón Bolívar, Pasco. ALA Pasco, AAA X Mantaro, 28 de marzo de 2025, CUT 62891-2025. Elaborado por Nataly Victoria Tueros Huaman, Profesional ALA Pasco; Autoridad Nacional del Agua (2026). Carta N.° 0113-2026-ANA-AAA.MAN-ALA.PASCO, CUT 98973-2026, código E8A616FF. ALA Pasco; Autoridad Nacional del Agua (2012). RA N.° 0133-2012. Licencia de uso de agua, empresa Pan American Silver Huaron S.A., Unidad Minera Huaron, seis lagunas altoandinas, Huayllay, Pasco, 10,110,000 m³/año. filedarh.ana.gob.pe; Autoridad Nacional del Agua (2011). RA N.° 0103-2011. Licencia de uso de agua, empresa Empresa Administradora Cerro S.A.C., río Huaraupama y laguna Acococha, Simón Bolívar, Pasco, 14,821,920 m³/año. filedarh.ana.gob.pe.

QNM — Que Nos Mantengan con lo Nuestro® | INDECOPI N.° 00174793 | Yolanda Victoria Rojas Espinoza | ORCID 0009-0002-9012-1393

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