martes, 23 de junio de 2026

Informe N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB

 Subcorpus AAA Jequetepeque-Zarumilla / Mortandad de fauna acuática y vacío de causalidad

I. IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO

Informe N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, CUT 108432-2026, suscrito por Katya Fiorella Dávila Bellodas el 11 de junio de 2026, dirigido a Oresteres Paul Escajadillo Llontop, Director (e) de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque-Zarumilla. Responde al Formulario N.° 2055-2026 del 4 de junio de 2026, presentado por Yolanda Victoria Rojas Espinoza al amparo de la Ley N.° 27806, sobre registro nacional de mortandad de fauna acuática y terrestre vinculada a contaminación hídrica, resultados de monitoreo asociados, parámetros de programas de monitoreo, monitoreo en cuencas con antecedentes de conflicto, parámetros de autorizaciones de vertimiento y estudios sobre estándares de calidad de agua (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 1).

II. CONTENIDO Y HALLAZGOS CENTRALES

Ausencia de registro consolidado. La AAA Jequetepeque-Zarumilla declara expresamente que "no se cuenta con un registro consolidado" de eventos de mortandad de fauna acuática vinculados a contaminación hídrica (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 2). Solo identifica dos eventos atendidos por denuncia: mortandad de peces en la represa Gallito Ciego, unidad hidrográfica Jequetepeque, abril de 2024 (Informe Técnico N.° 0031-2024-ANA-AAA.JZ-ALA.J/LJFM); y mortandad de peces en el río Chancay-Lambayeque, junio de 2025 (Informe Técnico N.° 0013-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL/DYGF). En lo transcurrido de 2026 no se registraron denuncias de este tipo (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 2).

Vacío de competencia sobre causalidad. El hallazgo más relevante del documento es la precisión institucional de que "no es competencia de la Autoridad Nacional del Agua realizar evaluaciones de causalidad por muerte de peces en un cuerpo natural de agua" (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 2). La ANA monitorea la calidad del agua pero no determina la causa de la mortandad de fauna; ninguna otra entidad asume expresamente esa función en el documento. Esto confirma documentalmente, con fuente primaria oficial y reciente, el patrón ya identificado en el corpus QNM en el caso Yuracyacu —agua dentro del ECA, peces muertos, causa sin atribución oficial tras diligencia fiscal-policial (Corpus Documental QNM, sección II, Brecha 5)—: existe un vacío de competencia institucional sobre la causalidad de la mortandad de fauna acuática, no limitado a un caso aislado sino confirmado como regla general por la propia ANA.

Discontinuidad del monitoreo en la cuenca Jequetepeque, precisamente en el año de la crisis. La serie de monitoreo en cuencas con antecedentes de contaminación o conflictos hídricos, unidad hidrográfica Jequetepeque, muestra registros continuos de 2016 a 2023 y de nuevo en 2025, pero consigna "Año 2024: No realizado" (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 3). Este vacío coincide exactamente con el año del evento de mortandad de peces en Gallito Ciego (abril de 2024), documentado en el mismo informe. La cuenca con antecedentes de conflicto careció de monitoreo programado en el año en que se produjo el evento que motivó la denuncia atendida por la propia entidad.

Discontinuidad en la fiscalización de parámetros de vertimiento. La relación de resoluciones directorales que fijan parámetros de vertimiento para la AAA Jequetepeque-Zarumilla registra "Año 2021, 2023 y 2024: no realizado" (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 4), tres años sin producción de este instrumento de control en un período que incluye nuevamente 2024, el año del evento Gallito Ciego.

Ausencia total de estudios sobre estándares de calidad. La AAA Jequetepeque-Zarumilla declara no contar con ningún estudio o evaluación propia sobre estándares de calidad de agua (Informe ANA N.° 0023-2026-ANA-AAA.JZ/KFDB, pág. 5).

III. ARTICULACIÓN CON LAS BRECHAS PREEXISTENTES

Este documento refuerza la Brecha 3 (fragmentación de registros estratégicos) con una segunda admisión institucional explícita de ausencia de registro consolidado —la primera fue la de la AAA Huallaga sobre mecanismos de control y monitoreo (Informe ANA N.° 0044-2026-ANA-AAA.H/JCOL, pág. 2)—, lo que empieza a configurar un patrón transversal entre distintas Autoridades Administrativas del Agua, no limitado a una jurisdicción. Refuerza también la Brecha 5 (vacío regulatorio con detonante externo como condición sistémica) al confirmar que ningún ente asume la evaluación de causalidad de la mortandad de fauna como función propia, lo que deja ese vacío sin titular institucional salvo que una diligencia fiscal-policial lo cubra de manera puntual, como en Yuracyacu. La coincidencia entre el año sin monitoreo (2024) y el año del evento de mortandad en la misma cuenca aporta, además, evidencia primaria adicional a la Brecha 1 (ausencia de evaluación de impacto e inacción de seguimiento): el sistema no solo carece de evaluación acumulada entre derechos, sino que en este caso específico careció de monitoreo programado en el momento crítico.

IV. HALLAZGOS QUE MATIZAN EL CORPUS PREVIO

El corpus QNM documentaba el caso Yuracyacu como ejemplo aislado de causa sin atribución oficial. Este informe matiza ese hallazgo al elevarlo de anécdota documental a regla institucional expresamente reconocida por la ANA: la entidad no solo no atribuyó causalidad en Yuracyacu, sino que declara formalmente que esa evaluación no es de su competencia en ningún caso de mortandad de fauna en cuerpo natural de agua. El vacío de causalidad, por tanto, no es un fallo puntual sino un diseño institucional confirmado.

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