RESUMEN EJECUTIVO COMPLEMENTARIO — SESIÓN 11 (continuación)
Fecha: 10 de junio de 2026 | Documento procesado: 1 QNM — Que Nos Mantengan con lo Nuestro® | INDECOPI N.° 00174793 Yolanda Victoria Rojas Espinoza | ORCID 0009-0002-9012-1393
ENTRADA N.° 63
Documento: Informe Técnico N.° 046-2020-ANA-AAA.TIT-AT/RWAA, CUT N.° 68350-2020. Autoridad Administrativa del Agua XIV Titicaca — Área Técnica en Calidad de los Recursos Hídricos. Elaborado por: Blgo. Richard Wilberth Apaza Arpasi, Especialista en Calidad de los Recursos Hídricos AAA XIV Titicaca. Dirigido a: Ing. Miguel E. Fernández Mares, Director de la AAA XIV Titicaca. Fecha: Puno, 30 de junio de 2020. Tipo: Informe consolidador de dos informes base — IT N.° 019-2020 (CUT 56669-2020, constatación 12.05.2020) e IT N.° 020-2020 (CUT 56794-2020, constatación 14.05.2020). Evento: Denuncia por presunta mortandad de truchas en el río Antauta, ocurrida el 11.05.2020. Río evaluado: Antauta, distrito de Antauta, provincia de Melgar, departamento de Puno. Clasificación del río Antauta: Categoría 3, código curso 0196, Unidad Hidrográfica 019 Azángaro (Resolución Jefatural N.° 056-2018-ANA). Empresa identificada en el área: MINSUR S.A. — Unidad Minera San Rafael, ubicada en la parte alta de la Quebrada Chocñacota, afluente del río Antauta.
Este documento es el IT N.° 020-2020 referenciado en el Consolidado Institucional (Subcorpus C, ANA, 2020, IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, CUT 54909-2020). El corpus lo había registrado como "informe borrador no finalizado" en su versión sintetizada. Esta entrada incorpora el documento completo con sus dos informes base, actas, cuadros de resultados e identificación de participantes.
Estructura del expediente adjunto al IT N.° 046-2020.
El documento contiene cuatro instrumentos principales articulados en un solo expediente:
IT N.° 019-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP (CUT 56669-2020, 13 de mayo de 2020): constatación del 12.05.2020 elaborado por Ing. Rene Callata Pasaca, Analista en Calidad de Recursos Hídricos ALA-Ramis. Siete puntos de evaluación en río Antauta, Quebrada Chocñacota y Quebrada Caquene. Solo parámetros de campo (pH, CE, OD, Temperatura).
IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP (CUT 56794-2020, 18 de mayo de 2020): constatación multisectorial del 14.05.2020, mismo elaborador. Cinco puntos en el río Antauta y un punto en la Quebrada Chocñacota. Parámetros de campo. El OEFA tomó muestras de laboratorio (metales totales, cloruros, sulfuros, carbonatos, STS, cianuro total) en cuatro puntos relacionados con los efluentes de MINSUR. La empresa MINSUR tomó contramuestras en los mismos puntos.
Oficio N.° 041-2020-ANA-AAA.TIT.ALA.RM (CUT 62621-2020, 08 de junio de 2020): remisión de ambos informes al Fiscal Provincial (P) Oscar Aníbal Jiménez Chura, Primera Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Puno, firmado por el Administrador Local de Agua Ramis Ing. Jorge Ricardo Fernández Mamani.
Acta de Constatación, Monitoreo y Toma de Muestra del 14.05.2020: suscrita por representantes de ANA-RAMIS (Ing. Rene Callata Pasaca, DNI 02045956), OEFA-Puno (Yury Coila Cheque, DNI 01309299), MINSUR (Ever Sánchez Salvador, DNI 22502639), SANIPES-OD Puno, PNP, Subprefectura, Rondas Campesinas y organizaciones sociales del distrito de Antauta.
Hallazgos documentados — Constatación del 12.05.2020 (IT N.° 019-2020).
Siete puntos evaluados: QChoc1 (Quebrada Chocñacota, primer ponton acceso Mina MINSUR, altitud 4,226 msnm), QChoc2 (Quebrada Chocñacota antes de confluencia con río Antauta), QCaqu1 (Quebrada Caquene antes de confluencia con río Antauta), RAnta1 (río Antauta aguas arriba antes de confluencia con Quebrada Caquene), RAnta (río Antauta inmediaciones zona urbana, aguas arriba puente complejo recreacional), RAnta2 (río Antauta después del vertimiento de aguas residuales del distrito de Antauta) y RAnta3 (río Antauta antes de confluencia con el río Crucero, punto de monitoreo ordinario) (IT N.° 019-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Cuadro N.° 02).
Resultados parámetros de campo del 12.05.2020: todos los parámetros evaluados (pH, OD, CE) se encuentran dentro del ECA Categoría 3. Conductividad eléctrica en la Quebrada Chocñacota: 543.3 µS/cm en QChoc1 y 539.8 µS/cm en QChoc2 —significativamente más alta que en la Quebrada Caquene (47.13 µS/cm) y en el río Antauta aguas arriba (180.1 µS/cm en RAnta1). La diferencia de conductividad entre la Quebrada Chocñacota (procedente de la mina MINSUR) y la Quebrada Caquene (sin influencia minera directa) es de 11.5 veces (IT N.° 019-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Cuadro N.° 02 y Cuadro N.° 03, p. 3). La observación de campo del acta registra que las aguas superficiales de la Quebrada Chocñacota presentan olor a insectida (olor a pantión) en los dos puntos evaluados QChoc1 y QChoc2 (IT N.° 019-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Acta de Supervisión y Fiscalización, sección VI, p. 9). No se encontraron peces muertos en el momento de la evaluación del 12.05.2020.
Hallazgos documentados — Constatación multisectorial del 14.05.2020 (IT N.° 020-2020).
Seis puntos de evaluación de campo en el río Antauta y la Quebrada Chocñacota. Participantes identificados nominalmente en la diligencia: Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (Dr. Oscar Aníbal Jiménez Chura, Fiscal Provincial P), PNP, OEFA-Puno, ANA (ALA Ramis), SANIPES-OD Puno, representantes de MINSUR, Municipalidad Distrital de Antauta, Energía y Minas, Subprefecto del Distrito de Antauta, Rondas Campesinas y organizaciones sociales del distrito (IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Cuadro N.° 01, p. 2).
Resultados parámetros de campo del 14.05.2020: todos dentro del ECA Categoría 3. La conductividad eléctrica en la Quebrada Chocñacota (P-04): 570.5 µS/cm. El oxígeno disuelto en todos los puntos oscila entre 5.092 y 5.754 mg/L —dentro del ECA pero en rango cercano al mínimo (≥4 mg/L para riego no restringido). Las aguas del río Antauta son descritas como "transparentes (aguas claras)" en los cinco puntos de evaluación (IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, p. 3 y Cuadro N.° 02).
El tirante hidráulico del río Antauta en los puntos de evaluación varía entre 0.16 m y 0.27 m (IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Cuadro N.° 03). La profundidad mínima documentada en el punto P-02 (Santa Isabel, inmediaciones de la piscícola) es de 0.16 m —16 centímetros. Esta información es relevante: truchas en un cauce de 16 centímetros de profundidad son extremadamente vulnerables a contaminantes en el agua porque su margen de dilución es mínima y no tienen posibilidad de huir a zonas más profundas.
Punto P-01 (lugar donde presuntamente se encontraron truchas muertas el 11.05.2020): río Antauta aguas arriba del puente complejo recreacional. Coordenadas UTM WGS84 Este: 360827, Norte: 8418842. pH: 7.811; OD: 5.754 mg/L; CE: 218.0 µS/cm; Temperatura: 9.910 °C. El acta señala que el 11.05.2020 se encontró en este punto "un área acordonada de 3×3 metros con cinta de plástico color amarilla 'Policía Nacional del Perú'" con un arco de piedras en forma de media luna como lugar de referencia para la toma de muestras (IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Acta p. 1).
El OEFA procedió a tomar muestras de laboratorio (metales totales, cloruros, sulfuros, carbonatos, STS, cianuro total) en cuatro puntos relacionados con los efluentes de MINSUR, incluyendo un punto de monitoreo del campamento "CUMANI" de MINSUR con resultado de campo pH: 7.40, temperatura: 11.8 °C, conductividad: 336, oxígeno: 5.80 mg/L (IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Acta pp. 2–3). El corpus no contiene los resultados de laboratorio de esas muestras del OEFA.
SANIPES realizó disección in situ de dos truchas colectadas el 11.05.2020: Muestra I (trucha hembra, 30 cm, con laceraciones leves en la piel a ambos lados); Muestra II (trucha, 18 cm, en descomposición parcial). En la apertura abdominal de la Muestra I se encontró exoesqueleto de un invertebrado sin determinar —alimento silvestre— y el hígado presenta puntos oscuros. La Muestra II también presenta hígado ennegrecido con manchas negras y tracto digestivo vacío al ser vaciado por la parte final con contenido no identificable. El representante de SANIPES indicó que las muestras no eran aprovechables para diagnóstico microbiológico y que la data de deceso sería de aproximadamente cuatro días previos. No se pudo determinar a simple vista la causa de la muerte (IT N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP, Acta pp. 3–4). El Fiscal RMP Dr. Oscar Aníbal Jiménez Chura dispuso la incineración de los especímenes de las muestras I y II al no ser aprovechables.
Riesgo de control identificado — Cuatro dimensiones.
Primera dimensión: muestras de laboratorio del OEFA sin resultado en el corpus. El OEFA tomó muestras en cuatro puntos relacionados con efluentes de MINSUR el 14.05.2020 —incluyendo el punto de descarga del campamento CUMANI— para análisis de metales totales, sulfuros, cloruros, carbonatos, STS y cianuro total. Estos son exactamente los parámetros que los ECA de campo no cubren y que podrían identificar la causa de la mortandad. El corpus no contiene los resultados de esas muestras ni constancia de que hayan sido remitidos a la Fiscalía. La ANA entregó sus informes de campo el 08.06.2020 indicando que "quien conduce el proceso de investigación" es la Fiscalía "con apoyo técnico del organismo especializado" —es decir, el OEFA (IT N.° 046-2020-ANA-AAA.TIT-AT/RWAA, p. 2). La investigación fiscal queda abierta; el corpus no la cierra.
Segunda dimensión: olor a insecticida en Quebrada Chocñacota sin análisis de plaguicidas. El acta del 12.05.2020 registra olor a "pantión" (paratión) en las aguas de la Quebrada Chocñacota en ambos puntos de evaluación, tanto aguas arriba del pontón de acceso a la mina MINSUR como aguas abajo antes de la confluencia con el río Antauta (IT N.° 019-2020, Acta, sección VI). El paratión es un pesticida organofosforado extremadamente tóxico para la fauna acuática. El monitoreo del 12.05.2020 no incluyó análisis de plaguicidas organofosforados —solo pH, CE, OD y temperatura. El olor a paratión registrado en la quebrada que baja de la Unidad Minera San Rafael de MINSUR el 12.05.2020 no fue ni consignado en las conclusiones del IT N.° 019-2020 ni convertido en recomendación de análisis específico en el IT N.° 020-2020.
Tercera dimensión: conductividad de la Quebrada Chocñacota como indicador no analizado. La conductividad de la Quebrada Chocñacota (543–570 µS/cm) es 11.5 veces mayor que la de la Quebrada Caquene (47 µS/cm) —otro afluente sin influencia minera directa— y 3 veces mayor que el río Antauta aguas arriba (180 µS/cm). Esta diferencia es consistente con descarga de efluentes mineralizados procedentes de la mina MINSUR. Los parámetros de campo no permiten identificar cuáles minerales explican esa conductividad. La toma de muestras de laboratorio para metales totales fue realizada por el OEFA —no por la ANA— y sus resultados no obran en el corpus.
Cuarta dimensión: incineración de especímenes antes del diagnóstico toxicológico. El Fiscal dispuso la incineración de las truchas colectadas el 11.05.2020 en el acto del 14.05.2020 al no ser aprovechables para diagnóstico microbiológico. Pero el diagnóstico microbiológico no era el requerido: el hígado ennegrecido con manchas negras documentado por SANIPES en ambas muestras es un hallazgo anatomopatológico compatible con intoxicación por metales pesados o compuestos organofosforados. La incineración cerró la posibilidad de análisis toxicológico histopatológico. El corpus documenta el hallazgo anatomopatológico y la decisión de incineración, pero no el razonamiento que llevó a ella.
Hallazgo de articulación con el corpus — Tercer caso del Subcorpus Mortandad Faunística cuenca Titicaca.
Este documento es el IT N.° 020-2020 ya referenciado en el Consolidado Institucional bajo el Subcorpus C (caso Antauta). Con su incorporación completa, el corpus puede ahora precisar qué fue lo que el Consolidado describía como "informe en versión borrador no finalizada" y "sección sobre las acciones de OEFA, SANIPES y MINEM ese día nunca fue completada": en realidad los informes IT N.° 019 e IT N.° 020 sí estaban finalizados y fueron remitidos a la Fiscalía. Lo que permanece sin completar en el corpus es el resultado de las muestras de laboratorio del OEFA —que son la pieza que cerraría o abriría la atribución causal a MINSUR.
El caso Antauta se articula con el patrón documentado en las Entradas N.° 55 (Yunguyo 2019), N.° 56 (Paratia 2020) y N.° 57–61 (Serie Mantaro) bajo la misma lógica: detonante externo (FEMA convoca la diligencia), parámetros de campo dentro del ECA, empresa identificada en el área, muestras de laboratorio tomadas por OEFA, causa sin cierre institucional documentado. El olor a paratión registrado en la quebrada de la mina MINSUR el 12.05.2020 y el hígado ennegrecido de las truchas el 14.05.2020 son los indicios más directos de causa que contiene cualquiera de los tres casos de mortandad en la cuenca del Titicaca. Son también los que quedaron sin seguimiento analítico documentado.
Articulación con las cinco brechas estructurales del corpus.
Brecha 3 (fragmentación de registros): los resultados de laboratorio del OEFA —tomados en el acto fiscal del 14.05.2020— son los datos que conectarían o descartarían la responsabilidad de MINSUR. Están en poder del OEFA desde mayo 2020. La ANA remitió sus informes de campo a la Fiscalía el 08.06.2020. El corpus no contiene ni los resultados del OEFA ni constancia de que la Fiscalía haya obtenido respuesta del OEFA. Tres instituciones con datos parciales sobre el mismo evento, sin mecanismo de integración que cierre la investigación.
Brecha 5 (detonante externo como condición sistémica): la ANA actuó porque la FEMA convocó. Lo que la FEMA convocó fue un "proceso de investigación" que dependía del OEFA para su resolución técnica. El OEFA tomó muestras. El resultado de esas muestras no aparece en el corpus. La cadena de activación funcionó —llegaron al río—, pero la cadena de resolución se interrumpió en el punto donde los datos de laboratorio debían convertirse en determinación causal.
REFERENCIAS NUEVAS (APA 7.ª ed.)
Autoridad Nacional del Agua. (2020, 30 de junio). Informe Técnico N.° 046-2020-ANA-AAA.TIT-AT/RWAA: Atención a denuncia por presunta mortandad de peces (truchas) en el río Antauta (12 y 14 de mayo de 2020). CUT N.° 68350-2020. Autoridad Administrativa del Agua XIV Titicaca. ANA.
Autoridad Nacional del Agua. (2020, 13 de mayo). Informe Técnico N.° 019-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP: Evaluación de parámetros físicos (T°, pH, CE, OD) de las fuentes naturales de agua río Antauta, Quebrada Chocñacota y Quebrada Caquene. CUT N.° 56669-2020. Administración Local de Agua Ramis. ANA.
Autoridad Nacional del Agua. (2020, 18 de mayo). Informe Técnico N.° 020-2020-ANA-AAA.TIT-ALA RM-AT/RCP: Participación en diligencia de constatación fiscal — río Antauta y Quebrada Chocñacota. CUT N.° 56794-2020. Administración Local de Agua Ramis. ANA.
Autoridad Nacional del Agua. (2020, 8 de junio). Oficio N.° 041-2020-ANA-AAA.TIT.ALA.RM: Remisión de informes sobre diligencia de constatación al río Antauta y sus quebradas afluentes. CUT N.° 62621-2020. Administración Local de Agua Ramis. ANA.
QNM — Que Nos Mantengan con lo Nuestro® | INDECOPI N.° 00174793 | Yolanda Victoria Rojas Espinoza | ORCID 0009-0002-9012-1393
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